El Colegio


« anterior | siguiente »

Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos de Andalucía

TÍTULO X: REFORMA DE LOS ESTATUTOS

Artículo 76. Reforma de los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos de Andalucía.

  1. La Junta General del Colegio Oficial de Biólogos de Andalucía podrá acordar presentar a la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas de la Junta de Andalucía, la propuesta de reforma de Estatutos, a iniciativa de la propia Junta de Gobierno.
  2. La Junta de Gobierno elaborará una propuesta de modificación de Estatutos, que será aprobada por una Junta General Extraordinaria convocada según lo dispuesto en el artículo 22, y siempre que la citada propuesta sea comunicada a los colegiados con una antelación de 30 días respecto a la convocatoria de la citada Junta General Extraordinaria.
  3. La aprobación de la propuesta será por mayoría simple siempre que estén presentes un número mínimo de colegiados asistentes del 5% de colegiaciones.

« anterior | siguiente »

cobagranada@cobandalucia.orgcobasevilla@cobandalucia.orgcobamalaga@cobandalucia.org

© Colegio Oficial de Biólogos de Andalucía
Última actualización 9-12-2009